lunes, 14 de marzo de 2011

EFECTOS DEL TERREMOTO EN JAPON

Publicado:
03/14/2011


Japón: la tercera economía mundial se tambalea por el terremoto
Los precios de las acciones japonesas cayeron abruptamente este lunes, durante la primera jornada bursátil después del terremoto y el tsunami ocurridos el viernes.
El índice Nikkei 225 de la bolsa de Tokio bajó en más del 5% en los primeros veinte minutos de las transacciones y cerró con una caída del 6,18% o 633,94 puntos hasta situarse en 9.620,49 unidades.

Esto ocurrió luego de que algunas de las principales compañías japonesas se vieran obligadas a detener su producción, no sólo en el nordeste del país -la zona directamente afectada por el sismo y el maremoto-, sino también en otras partes del país por causa de los cortes de electricidad.

Las acciones del fabricante de automóviles Nissan cayeron un 9,5% después de que cerrara todas sus plantas, mientras que las de Toshiba, cuyos productos incluyen semiconductores y reactores nucleares, bajaron en un 16%.


Paralelamente, el yen perdió valor frente a 13 de las 16 principales monedas del mundo, y el precio del barril de petróleo cayó a menos de US$99 en los mercados asiáticos, como reacción a una probable reducción en la demanda de crudo después de que tres de las cinco principales refinerías japonesas interrumpieran sus operaciones.


Por su parte, el Banco de Japón –el banco central del país- anunció que asistirá a la tercera economía del mundo inyectando US$183.000 millones de fondos de emergencia en el sistema bancario, con el fin de estabilizar los mercados.


La cifra es más del doble de la cantidad anunciada inicialmente por la entidad, la cual dijo que la mayoría del dinero se pondrá a disposición de inmediato.


Los autos japoneses se detienen El noreste de Japón es uno de los principales centros mundiales de fabricación de automóviles.


Los fabricantes Toyota, Nissan y Honda anunciaron que detendrán su producción en todas las plantas nacionales hasta el miércoles, según informes de la agencia de noticias Kyodo.


Un portavoz de Toyota, el mayor fabricante de autos del planeta, dijo que la suspensión de labores representa una pérdida en la producción de 40.000 vehículos.
Honda, por su parte, explicó que su decisión supondrá frenar la fabricación de 4.000 vehículos al día.  Toyota tiene 12 fábricas en el país, mientras que Nissan posee tres.
En medio de la tragedia humana, los analistas no se ponen de acuerdo sobre el posible impacto en la
economía de Japón. Hay consenso en que el momento no podía ser peor, pero hay esperanzas de que el golpe financiero no confirme los temores más negros. Eso sí, a corto plazo no hay duda: se elevará el gasto público y la recuperación se frenará.
Mientras los equipos de rescate siguen buscando desaparecidos y los habitantes de Japón viven sus horas más dramáticas, los expertos intentan desentrañar las implicaciones económicas del terremoto más devastador de la historia del país.
"Lo ocurrido es realmente lo peor que podía pasarle a Japón y en el peor momento", sentenció ayer el ubicuo experto mundial Nouriel Roubini, en declaraciones a la agencia Bloomerg. Muy polémico en otras ocasiones, el controvertido analista que se hizo famoso por anticipar la crisis económica mundial no ha podido generar más consenso en este caso.
Y es que pocos dudan de que el terremoto y el posterior tsunami han golpeado la economía de Japón en su
momento más débil. Las recetas ante una catástrofe de esta magnitud pasan por incrementar el gasto público para hacer frente a los costes de la reconstrucción de la zona y poner todo el dinero posible en el mercado para aumentar la liquidez. Así lo va a hacer el Gobierno nipón, que no dudó ayer en afirmar que el fondo de 5.000 millones de euros para hacer frente a catástrofes naturales se ampliará lo que sea necesario. ¿Hasta qué cantidad? El Ejecutivo esperará a valorar el impacto del terremoto, aunque fuentes del Ministerio de
Finanzas han adelantado a Bloomberg que la cifra puede llegar a los 9.000 millones. También el Banco de Japón conoce su cometido y ha prometido hacer todo lo posible para proveer liquidez al sistema.
El problema es que el margen de maniobra es limitado. Japón es el país más endeudado del mundo desarrollado, con un pasivo que llega al 200% del PIB y un déficit del 10%. En estas condiciones, cualquier aumento del gasto público cargará aún más las tintas, lo que forzará un endeudamiento más caro y pondrá al país en el punto de mira de las agencias de rating, muy recelosas de la ortodoxia financiera nipona en los últimos tiempos. Y tampoco el banco central tiene demasiada holgura, con unos tipos de interés que ya están en el 0% en un intento de combatir la deflación que atenaza la nación.
Con estos mimbres, varios analistas dan por hecho que el terremoto será la puntilla que ponga punto final a la incipiente recuperación de la economía japonesa. En el último trimestre del año pasado, el PIB se contrajo un 1,3% en tasa anual, pero los primeros meses de 2011 anticipaban un rebote. Ahora está en tela de juicio, tras el cierre de factorías, paradas de producción sobre todo automovilística y demás daños derivados del terremoto. Eso en el corto plazo; a medio término está el impacto de las políticas monetarias y de gasto público.
Tampoco el panorama para la divisa es más positivo. El yen se apreció ayer frente al dólar, un movimiento que anticipa la venta de divisas y activos extranjeros de los habitantes e instituciones japoneses para afrontar la reconstrucción en yenes. Y si se mira a las principales posiciones que tiene Japón en bonos extranjeros, los de
Estados Unidos aparecen en primer lugar. Esos datos hacen pensar en un mantenimiento de la fortaleza del yen a corto plazo, algo que va en contra de su economía en estos momentos.
Algunos datos positivos
Pese a este escenario, no todos los análisis son negativos a medio plazo para las finanzas niponas. Es cierto que el futuro más inmediato está teñido de negro, pero varios expertos reconocen que un aumento del gasto público y una relajación monetaria aún mayor puede tener efectos beneficiosos para la economía japonesa.
Los más optimistas recuerdan el terremoto de Kobe, que afectó a esta ciudad portuaria en enero de 1995. Mientras que la producción industrial japonesa cayó un 2,6% en el mes del seísmo, rebotó un 2,2% el siguiente y un 1% en marzo, rememoraba ayer Richard Jerram, responsable para Asia de Macquarie, en declaraciones a Bloomberg. Y la zona afectada por el desastre de ayer representa una parte más pequeña de la economía de lo que suponía Kobe. Si entonces se pudo, por qué no ahora.

lunes, 7 de marzo de 2011

DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

Desarrollo y Principios del Derecho Internacional Humanitario
Evolución del pensamiento humanitario y de la práctica de los Estados. Reseña histórica de la elaboración de los cuatro Convenios de Ginebra y de sus Protocolos adicionales. Principios del DIH, principios comunes al derecho humanitario y a los derechos humanos, principios relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados y al derecho de la guerra. Reflexión sobre la naturaleza profunda del DIH, su relación con el Estado y con el individuo.

Al comienzo del presente estudio, parece útil recordar algunas nociones básicas.
    1) El derecho internacional humanitario tiene por objeto reglamentar las hostilidades a fin de mitigar sus rigores (1). El derecho humanitario es esa considerable porción del derecho internacional público que se inspira en el sentimiento de humanidad y que se centra en la protección de la persona en caso de guerra. Cuando el autor de las presentes líneas propuso esta expresión, se le objetó que juntaba dos nociones de naturaleza diferente, la una de índole jurídica, la otra de índole moral. Pero las disposiciones que constituyen esta disciplina son precisamente una transposición, en el derecho internacional, de preocupaciones de índole moral y, más especialmente, de índole humanitaria. Así pues, la denominación parece adecuada. Por lo demás, este derecho adquiere sus verdaderas dimensiones por estar tan estrechamente relacionado con el hombre; de esta parte del derecho, y no de otra, pueden depender la vida y la libertad de innumerables seres humanos, si, por desgracia, la guerra tiende sobre el mundo su sombra siniestra. La expresión «derecho internacional humanitario», pronto adoptada por la mayoría de la disciplina, ha llegado a ser hoy casi oficial (2). En el derecho humanitario hay dos ramas, la de Ginebra y la de La Haya. 2) El derecho de Ginebra, o derecho humanitario propiamente dicho, tiende a salvaguardar a los militares fuera de combate, así como a las personas que no participan en las hostilidades. Este conjunto se concreta en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, que acaban de completar los dos Protocolos adicionales de 1977, formando así un impresionante monumento jurídico, de unos 600 artículos, en el que se codifican las normas que protegen a la persona en caso de conflicto armado. De índole específicamente humanitaria, elemento primordial de civilización y de paz, el derecho de Ginebra encarna el ideal mismo de la Cruz Roja. Por lo demás, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) ha inspirado y suscitado este derecho desde sus comienzos. A su vez, la Institución de Ginebra, órgano neutral de la Cruz Roja en tiempo de conflicto, encuentra en él las bases jurídicas necesarias para su acción de protección y de asistencia. Los textos de Ginebra fueron elaborados en beneficio exclusivo de las víctimas; a diferencia de los textos de La Haya, no dan a los Estados derechos contra los individuos. En Ginebra se inició una era en la que se da la primacía al hombre y a los principios de humanidad. 3) En el derecho de La Haya, o derecho de la guerra propiamente dicho, se determinan los derechos y deberes de los beligerantes en la conducción de las operaciones y se limita la elección de los medios para causar daños. Indudablemente, los textos de La Haya son también de inspiración humanitaria. Pero su finalidad es reglamentar las hostilidades y, por ello, se basan parcialmente todavía en las necesidades militares y en la conservación del Estado. Este conjunto procede, principalmente, de los Convenios de La Haya de 1899, revisados en 1907; pero hay que excluir las partes, muy importantes, que pasaron, en 1929 y 1949, al ámbito de Ginebra, al cual pertenecen en buena lógica: el estatuto de los prisioneros de guerra, el de los heridos y náufragos en las hostilidades en el mar y el de las personas civiles de los territorios ocupados. Los Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra, recientemente firmados, contienen materias que hasta entonces pertenecían tradicionalmente al derecho de La Haya: el comportamiento de los combatientes y -capítulo de importancia fundamental- la protección de la población civil contra los peligros de la guerra. Así, tiende a desaparecer la distinción entre el movimiento de Ginebra y el de La Haya. Hay todavía dos ámbitos que pertenecen claramente al derecho de La Haya: el Convenio de 1954 para la protección de los bienes culturales, firmado, por lo demás, en la metrópoli neerlandesa, y el Convenio firmado en Ginebra, el 10 de octubre de 1980, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, sobre la prohibición o la restricción del empleo de determinadas armas convencionales. 4) Hay que examinar aquí brevemente algunos vínculos existentes entre el derecho internacional humanitario y la legislación de los derechos humanos, por ser la finalidad de ésta garantizar, en todo tiempo, a los individuos el disfrute de los derechos y de las libertades fundamentales y preservarlos de las plagas sociales. La institución promotora es, a este respecto, la Organización de las Naciones Unidas, sucesora, a su vez, de la Sociedad de Naciones. En su ámbito geográfico, contribuyen también las instituciones zonales, como el Consejo de Europa y la Organización de los Estados Americanos. Por lo que atañe al derecho escrito, el derecho internacional humanitario comenzó con el primer Convenio de Ginebra, en 1864, y los derechos humanos comenzaron con la Declaración Universal de 1948. Pero, por lo que respecta a las ideas, estos dos movimientos tienen el mismo origen histórico y filosófico: tanto el uno como el otro nacieron, en la noche de los tiempos, de la necesidad de proteger a la persona humana contra las fuerzas que la amenazan. Sin embargo, de este concepto surgieron dos tendencias distintas: limitar los males de la guerra y defender al ser humano contra la arbitrariedad. En el transcurso de los siglos, han seguido un desarrollo paralelo. Evidentemente, los derechos humanos son los principios más generales, mientras que el derecho humanitario es de índole particular y excepcional, pues comienza a aplicarse en el momento preciso en que la guerra llega a impedir o a restringir el ejercicio de los derechos humanos. Pero los dos sistemas jurídicos son diferentes, porque si el derecho humanitario sólo es válido en caso de conflicto armado, los derechos humanos se aplican prácticamente sobre todo en tiempo de paz, ya que sus instrumentos contienen cláusulas derogatorias para los casos de conflicto. Además, los derechos humanos se derivan esencialmente de las relaciones entre el Estado y los propios súbditos, mientras que el derecho humanitario depende de las relaciones entre el Estado y los súbditos enemigos. En conclusión, ambos sistemas están próximos, pero son distintos y deben continuar siéndolo. Son complementarios e incluso se completan admirablemente. Si se desea reunirlos en una sola denominación que cubra a los dos, se podría pensar en la expresión «derecho humano», definiéndola así: el derecho humano es el conjunto de las disposiciones jurídicas internacionales que garantizan el respeto debido a la persona humana y su desarrollo. Tomado de:  http://www.icrc.org/WEB/SPA/sitespa0.nsf/html/5TDLZZ